Normativa del dominio .cat
El .cat es un dominio genérico, es decir, no definido en términos territoriales. Su normativa se ha desarrollado entre la Fundació puntCAT y la ICANN.
La normativa aplicable se divide en dos ámbitos, estos dos ámbitos son parte integral del contrato que se acepta cuando se registra un nombre de dominio .cat:
1. Normativa de registro
Para registrar un dominio .cat, Ud. debe de firmar (o, más frecuentemente aceptar a través de un formulario en línea) un acuerdo con el registrador autorizado que escoja. Este acuerdo contendrá las condiciones comerciales, incluido el precio, que fije el registrador, y un acuerdo separado, incorporado como anexo. Este documento, la Política de Registro de dominio .cat, trae a su vez unos anexos con normativas específicas sobre el uso del dominio, el periodo de lanzamiento (Sunrise), los registros defensivos y los nombres de dominio con carácteres no-ingleses (multilingües o IDN domain names).
Política de Registro
Es la norma principal que le vincula con el nombre de dominio .cat que ha registrado, aquí tiene una copia. Se vincula con el Registro en tanto que solicitantes y titulares de un dominio .cat.
Aquí se puede consultar nuestra Política de Registro:
Versión en Castellano: Política de Registro
Versión en Catalán: Política de Registre
Versión en Inglés: Registration Policy
Acuerdo con ICANN
El puntCAT es un dominio comunitario, es decir, destinado a unos grupos de usuarios en concreto, y no a todos los usuarios de Internet. El Acuerdo con ICANN define a quien va destinado el nombre del dominio, y precisa por tanto los requisitos de admisibilidad:
- Se establece el TLD (Top-Level Domain o Dominio de Primer Nivel) .CAT a fin de servir a las necesidades de la comunidad lingüística y cultural catalana en Internet. (de ahora en adelante, “La Comunidad”).
- La Comunidad está formada por todos aquellos que usen el catalán en sus comunicaciones online, y/o promuevan distintos aspectos de la cultura catalana online y/o quieran dirigir sus comunicaciones online a esta Comunidad.
- Universidades, escuelas, instituciones de investigación i otras entidades académicas que usen el catalán en sus actividades académicas o ensenyen o promuevan aspectos de la cultura catalana.
- Entidades públicas o privadas que tienen por objetivo la promoción de la cultura catalana.
- Escritores, traductores, correctores y periodistas que publiquen (o contribuyan a escribir trebajos) en catalán.
- Editoriales que publiquen en catalán o que publiquen obras relacionadas con la cultura catalana.
- Medios de comunicación que usen el catalán en sus comunicaciones.
- Particulares, grupos, empresas, asociaciones, entidades, organizaciones o iniciativas de cualquier tipo y personalidad jurídica que tengan o desarrollen comunicaciones online en catalán.
- Particulares, grupos, empresas, asociaciones, entidades, organizaciones o iniciativas de cualquier tipo y personalidad jurídica que puedan probar que pertenecen a la Comunidad a través de la invitación de otros miembros de la Comunidad según lo establecido en la normativa del registro.
- Miembros de la Fundació puntCAT
Uso Conforme y Política de Cumplimiento
Cuando registre un nombre de dominio .cat deberá aportar, como parte del proceso, una declaración de intención de uso del nombre que registre. Esta declaración tiene porque ser muy detallada pero debe de ser veraz. Si Ud. no cumple lo especificado en la declaración de uso (que puede modificar más adelante si fuera necesario), la Fundació puntCAT puede pedirle explicaciones e incluso llegar a desactivar su dominio (es decir, dejarlo a su nombre pero inaccesible y sin servicios web, email, etc). Igualmente la Fundació puntCAT podrá desactivar el dominio si éste se utiliza para usos contrarios a los considerados aceptables (eg. lo usa para enviar spam, pone el dominio en venta, etc).
Normativa específica para los registros defensivos
Este tipo de registros está pensado para proteger las marcas de cualquier registro o jurisdicción. Específicamente las de titulares que no cumplan con los requisotos de elegibilidad y por lo tanto no puedan registrar un nombre de dominio .cat. Si quieren impedir que un tercero use un nombre de dominio equivalente a sus marcas, puede npedir un registro defensivo, el cual bloquea la posibilidad de que otros puedan pedir el nombre de dominio, pero no permite a su titular usarlo (ya que no cumple, como se ha dicho antes, los requisitos de elegibilidad). Si un titular de una marca cumple con los requisitos para obteber un nombre de dominio .cat (por ejemplo si en su web hay una parte significativa de las comunicaciones en catalán) normalmente preferirá un registro normal y no un defensivo, ya que el coste de los defensivos es mayor y no permite su uso.
Normativa específica sobre dominios multilingües
El sistema de nombres de dominio ue diseñado para aceptar sólo los carácteres llamados ACSII. Por lo tanto no acepta ni acentos, ni carácteres no ingleses como la ce cedilla o la ele geminada (por no hablar de otros alfabetos como el Cirílico o el Chino.
Pero existe una nueva tecnología, conocida con el nombre de IDN (Internationalized Domain Names) que permite, a través del registro de un nombre especial y de una serie de conversiones, que los usuarios puedan usar nombres de dominio con éstos carácteres especiales. El registro .cat oferece ésta posibilidad con las siguientes características:
Se pueden registrar dominios con los carácteres especiales del catalán, es decir:
Quien registra un nombre con alguno de éstos carácteres especiales, está registrando de hecho, un dominio especial llamado punycode que empieza con xn-- y sigue con la codificación del nombre concreto según los algoritmos del protocolo IDN.
Si el usuario escribe el dominio IDN (por ejemplo fundació.cat) el navegador le llevará a la página web correspondiente, traduciendo, por llamarlo de algún modo, la versión punycode a la versión normal sin acentos.
Desafortunadamente no todos los navegadores web soportan ya IDN. Concretamente Internet Explorer 6.x no lo hace, pero la versión 7 sí lo hará. Todos los demás (Firefox, Mozilla, Netscape, Safari, Opera, Knoqueror…) ya incorporan hoy por hoy esta funcionalidad. La maor limitación de los dominios IDN es que todavía no hay ningun cliente de correo electrónico que los soporte, y por consiguiente no se pueden enviar correos electrónicos a direcciones con carácteres especiales.
La Fundació puntCAT ha decidido por lo tanto aplicar un política prudente con los dominios IDN: como funionan, se ofrecen, pero como no funcionan todavía en todos los programas y servicios, quien registre un dominio con carácteres especiales obtiene también, de forma gratuita, el dominio equivalente sin los carácteres especiales, es decir, el dominio tradicional más próximo a la versión IDN según la siguiente tabla de conversión:
é = e (préssec.cat = pressec.cat)
è = e (agència.cat = agencia.cat
í = i (destí.cat = desti.cat)
ï = i (traït.cat = trait.cat)
ó = o (fundació.cat = fundacio.cat)
ò = o (ressò.cat = resso.cat)
ú = u (algú.cat = algu.cat)
ü = u (piragüisme.cat = piraguisme.cat)
ç = c (vicenç.cat = vicenc.cat)
l·l = l-l (col·legi.cat = col-legi.cat)
Así, quien registre un dominio .cat con carácteres especiales, obtiene dos dominios per el precio de uno. Además se asegura mediante un sencillo procedimiento y fácil de entender (“pon acentos, y si no funciona no los pongas”) que las comunicaciones funcionen siempre: sea cual sea el programa o el tipo de teclado que se utilice.
2. Procedimientos de resolución de conflictos
¿Qué puede Ud. hacer si cree que un nombre de dominio .cat no ha sido registrado según la normativa del dominio? ¿Y si cree que un nombre de dominio viola sus derechos, por ejemplo de marca? ¿O si cree que el uso que se da al dominio perjudica de algún modo sus intereses?
UDRP
Como todos los dominios genéricos, el .cat está sometido a la Uniform Domain-Name Dispute Resolution Policy (UDRP) aprobada por ICANN. Cuando Ud. registra un nombre de dominio .cat a través de cualquier registrador, Ud. acepta necesariamente ésta política de resolución de conflictos, la cual está incorporada en el contrato del registro del nombre e dominio. Esta política de resolución de conflictos se aplica a los casos en que el titular de una marca registrada cree que:
(a) el dominio .cat es identico o confusamente similar a la marca
(b) el titular del dominio no tiene ningún derecho o interés legítimo, y
(c) el domini .cat ha sido registrado y se usa de mala fe.
Encontrará más información sobre la UDRP aqui y su texto aqui.
ERDRP
La Política de Resolución de Conflictos sobre Requisitos de Admisibilidad del .cat (o ERDRP, en su acrónimo en inglés: .cat Eligibility Requirements Dispute Resolution Policy) es una política propia de la Fundació puntCAT, pero sobre las directrices marcadas por ICANN.
La política está a disposición de cualquier persona o entidad que crea que un dominio .cat (o un dominio defensivo) no ha sido registrado de acuerdo con las normas de admisibilidad y quiera solicitar su cancelación. El texto de la ERDRP está aqui.
Esta normativa no pretende en ningún caso substituir ni a la UDRP ni a las decisiones de ningún juez ni tribunal competente. Sólo las complementa, ofreciendo una vía para cancelar, y en su caso transferir, reistros hechos sin cumplir los requisitos del dominio .cat.
En estos momentos y atendiendo a la desaparición de la IQUA, quien era el proveedor autorizado por la Fundació puntCAT para prestar los servicios de resolución de conflictos dentro de la ERDRP, la Fundació puntCAT está planteando la actualización de esta normativa.
Procedimiento de Mediación
Participar en este procedimiento no es obligatorio para los titulares de dominios .cat (excepto en los casos previstos a la normativa del periodo de lanzamiento) ni tampoco es obligatoria en su resultado. Como todo procedimiento de mediación, es un instrumento para intentar llegar a acuerdos de buena voluntad conducido por expertos en casos donde terceras partes quieran contestar el registro, o uso, de un dominio .cat.